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Agua: derecho humano de las personas adultas mayores

Dra. Alma Cossette Guadarrama Muñoz

Grupo de Investigación Derechos Humanos, Migración y Grupos vulnerables

Vicerrectoría de Investigación, Universidad La Salle, México

Dra. Arely Vergara Castañeda

Grupo de Investigación en Promoción y Educación para la Salud y Alimentación

Vicerrectoría de Investigación, Universidad La Salle, México

El oro azul

En 1979 la Conferencia de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) proclamó el 16 de octubre como el Día Mundial de la Alimentación. En el marco de esta conmemoración, el lema seleccionado para el 2023 es: “El agua es vida, el agua nutre. No dejar a nadie atrás” (FAO,2023). La importancia del agua es tal, que no solamente se considera como un líquido vital para la existencia del hombre, sino también como un elemento nutritivo para su dieta.

Pero, ¿por qué el agua tiene tanta importancia? ¿Por qué, al día de hoy, es considerada como el oro azul? Desde los años 80 del siglo XX, la demanda de agua ha ido in crecendo, producto de una serie de factores como el aumento de la población, los cambios en el modelo de consumo y el cambio climático, entre otros. Así, se espera que la demanda mundial de agua “siga aumentando… hasta 2050, lo que representa un incremento del 20 al 30% por encima del nivel actual” (UNESCO, 2019). De acuerdo con el “Informe Mundial de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo de los Recursos Hídricos 2019: No dejar a nadie atrás”, más de 2.000 millones de personas viven en Estados con una fuerte escasez de agua (UNESCO, 2019).

En este escenario de estrés hídrico, México ocupa el lugar 24 a nivel mundial de una lista de 164 países (Expertos urgen a atender el problema de estrés hídrico en México, 2023); ello indica que en los próximos años la situación podría empeorar. De hecho, se espera que en la década 2020 a 2030 “11 de los 32 estados mexicanos ya se enfrentan a un alto estrés hídrico… De estos 11, los estados con mayor exposición son Baja California y Baja California Sur en el norte, Aguascalientes en la región del Bajío (zona central del país) y Ciudad de México. Los siete estados restantes se encuentran en el norte, el Bajío y las zonas metropolitanas de Ciudad de México (México, Morelos, Sonora, Chihuahua, Sinaloa, Zacatecas y Guanajuato)” (González y Nieto, 2023). De tal forma que, si no se toman las medidas adecuadas, para el 2050 se prevé que el número de entidades federativas se incremente a 20 (González y Nieto, 2023). Esto afectaría directamente diversos sectores productivos como el agropecuario y el comercial, ya que, de acuerdo con información del INEGI (s.a.), en México existe un uso diversificado del agua en donde el 76% se utiliza en la agricultura; el 14% en el abastecimiento público; el 5% en termoeléctricas; y el 5% en la industria.

El acceso al agua como derecho humano

El derecho al agua no está reconocido expresamente como un derecho humano independiente en los tratados internacionales. Esto es, las disposiciones internacionales, tanto universales como regionales, en realidad se enfocan en establecer obligaciones en relación con el acceso al agua potable. Esas obligaciones exigen a los Estados que garanticen a todas las personas el acceso a una cantidad suficiente de agua potable para el uso personal y doméstico, que comprende el consumo, el saneamiento, el lavado de ropa, la preparación de alimentos y la higiene personal y doméstica, entre otras, ello como elemento fundamental de la dignidad humana y la vida privada.

Al día de hoy el acceso al agua es un derecho garantizado en diversas leyes fundamentales de los países, entre ellos, México. Así, el artículo primero, párrafo tercero de nuestra Constitución (CPEUM, 1917) establece que las autoridades en el ámbito de sus competencias “tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos”. Empero, es el artículo cuarto, párrafo sexto constitucional el que reconoce el derecho al agua cuando dice: “Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines” (CPEUM, 1917).

Si bien, actualmente existen normas que consideran el aprovechamiento del agua, su distribución, explotación, gestión y uso, como la Ley de Aguas Nacionales, la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente, y la Ley Federal de Derechos en materia de Agua, así como, una política pública fundamentada en el Plan Nacional de Desarrollo, del cual se deriva el Programa Nacional Hídrico 2020-2024, cuyo objetivo es: “garantizar progresivamente los derechos humanos al agua y al saneamiento, especialmente para la población más vulnerable” (SEGOB, 2022); la realidad es que no se cuenta con una ley que garantice la materialización del derecho de acceso al agua de forma equitativa para todos los mexicanos, lo cual ha generado inequidades en su distribución, suministro y consumo, ya que no existe una sinergia de recursos económicos y humanos, entre las autoridades de los tres niveles de gobierno y la sociedad a fin de garantizar dicho derecho humano al agua.

Las personas adultas mayores, ¿por qué protegerlas?

La ingesta hídrica es esencial para la supervivencia del ser humano, por lo que debe ser considerada como un nutrimento imprescindible, ya que el cuerpo no cuenta con mecanismos eficientes para producirla y almacenarla. De acuerdo a las características individuales (edad, composición corporal, nivel de actividad física o la presencia de alguna enfermedad) y ambientales, las recomendaciones de consumo de agua varían; pero, se sugiere un consumo de entre 1 a 1.5ml de agua/kcal consumida o 2.2 y 3 litros por día, respectivamente en mujeres y hombres.

Hoy en día las fuentes de agua se han diversificado y nos permiten tener una amplia variedad de opciones para contribuir al mantenimiento de un adecuado estado de hidratación, donde aproximadamente el 70-80% del agua que consumimos proviene de alimentos y platillos, mientras que el resto (20-30%) de bebidas y agua potable. 

Sin embargo, pese a este abanico de posibilidades, el agua, coloquialmente llamada como natural o simple, debería de constituir una de las principales fuentes de hidratación, para lo cual, la mejora del abastecimiento de agua y el saneamiento, así como en la gestión de los recursos hídricos, permitirían acceso al agua segura y fácilmente disponible, ya sea para su consumo directo o para la producción y la manipulación de alimentos, o uso doméstico.

En este sentido, existen y persisten condiciones que resaltan desigualdades geográficas, socioculturales y económicas en torno al acceso y consumo de agua, no sólo entre zonas rurales y urbanas, sino en aquellos en dónde las personas se desarrollan en contextos sociales de escasez o diferenciados por grupos etarios que predominan y que están caracterizados por tener un menor acceso a servicios básicos, como el agua potable. Se habla en específico de las personas adultas mayores que, derivado sus características, requieren de asegurarles una alimentación y nutrición adecuada, entre cuyos elementos está el agua.

Por lo anterior, se colige que el agua segura y fácilmente disponible es importante para la salud pública, ya sea que se use para beber, uso doméstico, producción de alimentos o fines recreativos; luego entonces, es imperante una Ley General de Aguas al incumplir el Estado con su obligación de abastecer a todos del vital líquido. La importancia e impacto de la falta de materialización del derecho humano al agua llama a la acción y la conciencia de la sociedad respecto de su importancia, la inequidad en su dotación, la escasez y la demanda existente, al ser un derecho dual: individual y colectivo, que concierne a todos. La mejora del abastecimiento de agua y el saneamiento, así como una mejor gestión de los recursos hídricos, pueden impulsar el crecimiento económico de los países y contribuir en gran medida a la reducción de la pobreza.

Referencias:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917) Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de 1917. Disponible en: https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/CPEUM.pdf
EFSA Panel on Dietetic Products, Nutrition, and Allergies (NDA); Scientific Opinion on Dietary reference values for water. EFSA Journal 2010; 8(3):1459. [48 pp.]. doi:10.2903/j.efsa.2010. 1459. Available online: www. efsa.europa.eu
Expertos urgen a atender el problema de estrés hídrico en México (2023) Disponible en: https://www.swissinfo.ch/spa/m%C3%A9xico-agua_expertos-urgen-a-atender-el-problema-de-estr%C3%A9s-h%C3%ADdrico-en-m%C3%A9xico/48360656#:~:text=M%C3%A9xico%20ocupa%20el%20lugar%2024,y%205%20%25%20en%20la%20industria
FAO (2023). Libro de actividades–El agua es vida. El agua nutre. Disponible en: https://www.fao.org/documents/card/es?details=cc6287es
Gonzalez, K. y Nieto, F. (2023) Más estados mexicanos podrían verse afectados por estrés hídrico en 2050. Disponible en: https://www.spglobal.com/_assets/documents/ratings/es/pdf/2023/2023-04-04-mas-estados-mexicanos-podrian-verse-afectados-por-estres-hidrico-en-2050.pdf
INEGI (s.a.) Cuéntame de México, territorio. Disponible en: https://cuentame.inegi.org.mx/territorio/agua/usos.aspx?tema=T#:~:text=%C2%BFQu%C3%A9%20es%3F&text=En%20M%C3%A9xico%2C%2076%20%25%20del%20agua,Pie%20chart%20with%204%20slices.&text=End%20of%20interactive%20chart.
Jéquier, E. y Constant, F. (2010) Water as an essential nutrient: the physiological basis of hydration. Eur J Clin Nutr. 64, pp. 115-23.
Perea, A; Ríos-Gallardo, P; Santiago, L.M.; Pérez-Gaxiola, G. et al. (2023) Consenso en hidratación infantil saludable. Nuevos conceptos y recomendaciones actuales en el contexto de la triple y la cuádruple carga de malnutrición. Acta Pediatr Mé, 44 (1) pp. 83-10.
SEGOB (2022) Programa Nacional Hídrico 2020-2024. Recuperado de: https://www.gob.mx/conagua/articulos/consulta-para-el-del-programa-nacional-hidrico-2019-2024-190499
UNESCO (2019). Informe Mundial de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo de los Recursos Hídricos 2019: No dejar a nadie atrás. Disponible en: https://www.acnur.org/media/informe-mundial-de-las-naciones-unidas-sobre-el-desarrollo-de-los-recursos-hidricos-2019-no
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