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Salud y economía con el nutriólogo (deducción de impuestos)

LN. María Soledad Villarreal

Acudir a atenderte con un Nutriólogo no sólo puede traerte beneficios en tu salud, sino también en tu economía. 

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, mediante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), establece que si usted es una Persona Física tiene derecho a presentar en sus deducciones personales de la Declaración Anual de Ingresos todos aquellos gastos de honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición.

¿Cómo hacer uso de este beneficio? 

Lo primero es verificar que el profesional que lo vaya a atender tenga título y cédula profesional de licenciado en Nutrición registrado ante la Secretaria de Educación, a través de la Dirección General de Profesiones, muchas veces por prisas, descuido, confianza o hasta vergüenza no nos detenemos a verificar que quién nos está atendiendo sea realmente el profesional capacitado para ello. Si el título no está a la vista, es su derecho solicitarlo para corroborarlo.

En segundo término, es importante considerar que para que el gasto se pueda deducir el SAT nos indica que el pago de estos gastos requiere realizarlo mediante cheque nominativo del contribuyente, transferencia electrónica de fondos, tarjeta de crédito, de débito o de servicios. La deducción no procede si el pago fue realizado en efectivo. En este caso le recomiendo verificar, al momento de solicitar su cita, que el nutriólogo acepta estas formas de pago.

Una vez pagada su consulta solicite su factura correspondiente, no olvide solicitar que la forma de pago que se declara en la factura coincida con la que usted usó (cheque, tarjeta, transferencia).

Cada vez que pague un servicio prestado por un licenciado en nutrición, siga estos sencillos pasos y esos gastos podrá declararlos anualmente, en las fechas que establece la Secretaria de Hacienda para poder hacerlos deducibles y posiblemente obtener un saldo a favor. 

Nota importante: Dichos gastos por salud serán deducibles cuando hayan sido efectuados para usted, su cónyuge o concubino/a, sus padres, abuelos, hijos y nietos.

Es importante agregar que usted puede acudir con un licenciado en nutrición para tratar o complementar el tratamiento de casi todas las enfermedades, y más importante aún, prevenirlas si reeduca su modo de aalimentarse.

Lic. Nut. María Soledad Villarreal

Referencia: https://www.sat.gob.mx/consulta/23972/conoce-las-deducciones-personales

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